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DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
En el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo se economiza al máximo, puesto que ambas partes pueden ser representadas por el mismo abogado y procurador.
Además, los trámites por la vía del mutuo acuerdo son muy ágiles, siendo aproximadamente de 3 meses el tiempo en obtener resolución desde la interposición de la demandada de mutuo acuerdo (es el llamado divorcio exprés).
Si se sigue el procedimiento por los cauces del mutuo acuerdo, no cabe recurso contra la sentencia dictada en dicho procedimiento, toda vez que el procedimiento se realiza de mutuo acuerdo entre las dos partes.
El procedimiento a seguir es el de acompañar junto con la demanda de divorcio mutuo acuerdo, un convenio regulador, es decir, el documento en el que ambas partes exponen las consecuencias que producirá el citado divorcio:
a) La disolución del matrimonio.
b) El momento a partir del cual tiene efectos el divorcio.
c) Quién se queda con el que ha constituido el domicilio familiar.
d) Si procede establecer una pensión compensatoria a favor de alguna de las partes. Ésta, de establecerse, puede ser vitalicia o limitada por un tiempo, en pago mensual o en un pago único.
e) Si se liquidan o no los bienes gananciales en el procedimiento de divorcio.
f) Se revocan todos los consentimientos que se hayan dado durante el matronio.
g) En caso de que el matrimonio cuente con hijos menores de edad, se determinará el régimen de patria potestad, régimen de visitas o custodia compartida, así como las pensiones de alimentos establecidas a favor de los hijos y modo y pago de los gastos extraordinarios.
h) Modo en que serán abonadas las cargas familiares (pago de hipotecas,…).
i) Asimismo, si los cónyuges están casado bajo el régimen económico de gananciales, a partir de la Sentencia, cesa la sociedad ganancial, es decir, aunque todavía no se diga para quién es cada cosa, a partir de este momento, todo lo que obtengan o las deudas que contraigan, serán responsabilidad exclusivamente de cada uno.
Así, de modo esquemático, las actuaciones extrajudiciales y judiciales para la resolución de un procedimiento de mutuo acuerdo serán las siguientes:
- Firma de un convenio regulador: documento en el que se pactarán las medidas por las que se regirá a partir de la firma del mismo la pareja (atribución de la guarda y custodia de los menores, la atribución del domicilio, pensiones y, en su caso, liquidación de la sociedad de gananciales.
- Firmado el convenio regulador, se redactará una demanda de mutuo acuerdo a la que se adjuntará como documento de la misma, el convenio regulador, el certificado literal de matrimonio y, en su caso, las certificaciones literales nacimiento de los hijos.
- Presentada la demanda (que debe ir firmada por abogado y procurador), dictado auto de admisión a trámite de la misma, el juzgado fijará día y hora para que las partes se ratifiquen en su solicitud y en el contenido del convenio regulador acompañado junto con el escrito de demanda.
- Ratificado el convenio, en caso de existir hijos menores de edad, el Ministerio Fiscal examinará el mismo, a fin y efecto de garantizar que lo pactado por las partes no contraviene los intereses de los menores.
- Posteriormente, se dictará Sentencia por la que se acordará la homologación del convenio regulador y las medidas contenidas en el mismo.
- De oficio y firme la Sentencia, el Juzgado acordará la inscripción de la misma en el Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio.
DIVORCIO CONTENCIOSO
Mientras que en el divorcio de mutuo acuerdo los costes y tiempos de resolución de un procedimiento son breves, el procedimiento divorcio contencioso tiene un coste económico más elevado, siendo también superior el tiempo de resolución y ello en función del Juzgado a quien corresponda su resolución y la saturación del mismo.
Así mientras que en un procedimiento de mutuo acuerdo el tiempo de resolución suele estar en 3 meses (divorcio exprés), la duración estimada para un procedimiento contencioso, suele estar entre seis meses y un año.
En el procedimiento contencioso, a diferencia del mutuo acuerdo, cada uno de los cónyuges debe personarse con su abogado y su procurador, pues no pueden ser defendidos por el mismo abogado y representados por el mismo procurador.
El procedimiento contencioso se inicia por demandada, donde el demandante debe exponer exhaustivamente las medidas que quiere que sean adoptadas en Sentencia:
- Medidas a adoptar en cuanto a la patria potestad tras el divorcio.
- Medidas a adoptar en cuanto a la guarda y custodia. La guarda y custodia de los hijos puede ser monoparental (otorgarse a favor de uno de los progenitores) o compartida. Para determinar con cuál de los cónyuges se quedarán los hijos, habrá que ver cuál es la dedicación que cada uno de ellos concede a los menores.
- Medidas a adoptar en relación al régimen de visitas de los hijos con el progenitor no custodio. El régimen de visitas es un derecho de los hijos a estar y disfrutar de la compañía de sus hijos.
- La pensión de alimentos, esto es, la cantidad de dinero que se fija que debe entregar el progenitor no custodio al otro para costear los gastos del menor es decir, y tal y como establece el artículo 142 del Código Civil, [“…todo lo que es indispensable para el sustento (alimentación y educación) habitación (vivienda familiar), vestido y asistencia médica”].
- Régimen de los gastos extraordinarios.
- Atribución del domicilio familiar, que, según establece el artículo 96 del Código Civil, “En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ellas corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”.
- Establecimiento de pensión compensatoria. En este caso hay que estar a lo previsto en el artículo 97 del Código Civil, que establece que “El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.”
De modo esquemático el proceso de divorcio contencioso tendrá el siguiente esquema:
- Se interpondrá demanda principal donde la parte realizará las alegaciones en las que fundamente sus diferentes peticiones en relación a los puntos anteriormente indicados. En el escrito de demandada, podrá solicitarse la práctica de prueba anticipada, bien consistente en que se requiera a la parte demandada para que aporte una serie de documentación, o bien que se recabe de los organismos públicos o entidades privadas la información que se interese.
- Interpuesta la demanda, se da traslado la parte demandada y se le concede un plazo para que conteste dentro de los 20 días hábiles siguientes (sin contar ni sábados, ni domingos ni festivos).
- El demandado presentará su contestación a la demanda también con las pruebas de que intenta hacer valer su posición.
- Examinada demandada y contestación, se fijará día y hora por el Juzgado, a fin de celebrar la correspondiente vistas donde se practicarán las diferentes pruebas (fundamentalmente el interrogatorio de demandante y demandado).
- Tras la vista, los autos quedan en el Juzgado para que se dicte Sentencia por el Juez, fijándose en la Sentencia las medidas pertinentes por las que se regirán las partes desde ese momento.
- La sentencia dictada en primera instancia y en un procedimiento contencioso es recurrible frente la Audiencia Provincial.
PAREJAS DE HECHO EN HUELVA
Realizar las gestiones para formalizar una pareja de hecho, puede permitiros pactar de mutuo acuerdo el reparto del patrimonio. De esta manera, es posible regular las herencias para sus descendientes.
Divorcio de Mutuo Acuerdo
Documentación necesaria
Certificación literal de matrimonio.
Certificación literal de nacimiento de los hijos.
Último certificado de empadronamiento.
Convenio de divorcio firmado.
Escritura de capitulaciones matrimoniales, si la hubiere
Divorcio Contencioso
Documentación necesaria
Certificación literal de matrimonio.
Certificación literal de nacimiento de los hijos.
Último certificado de empadronamiento.
Escritura de capitulaciones matrimoniales, si la hubiere.
Declaración de la renta de los últimos dos ejercicios.
Recibos de los gastos de los hijos (colegios, actividades extraescolares,…).
Recibos de los consumos de la vivienda familiar.
“Somos un bufete de Abogados Especialistas en divorcio y separaciones en Huelva“
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INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
En el caso de que haya sido denunciado/a por incumplimiento del convenio regulador, deberá contactar con un letrado especializado en divorcios en Huelva.
PACTOS EN LOS DIVORCIOS
En Abogado divorcio Huelva intentamos pactos y acuerdos que solucionarán conflictos sin necesidad de complicar más el proceso.
GUARDA Y CUSTODIA
La obtención de la guarda y custodia es el deseo de algunos de los cónyuges que no llegan a acuerdos. En estos casos, el juez será quien deberá decidir sobre la custodia de los menores. Gestión de la tutela y curatela.
Divorcios de mutuo acuerdo
01. Divorcio Básico
Sin hijos menores ni bienes en común a repartir. Contacte ahora con nosotros y le daremos una cita sin compromiso.
02. Divorcio Con hijos
Divorcio con hijos en común y sin reparto de bienes. Si se trata de un divorcio donde existen hijos menores de edad se llevará a cabo un proceso distinto. Asesoramiento en medidas paterno filiales.
03. Divorcio Con bienes
Divorcio con reparto de bienes, liquidación de gananciales, con o sin hijos. La resolución se llevará acabo dependiendo de los bienes que cada uno posea.
04. Divorcio Presencial
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